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SD 38885 – Expte. 7414/09 – “Fernandez Edgardo Alberto c/Universidad Argentina de la Empresa UADE s/despido” – CNTRAB – SALA VIII – 07/06/2012
DESPIDO INDIRECTO. INTIMACIONES LABORALES. PLAZO. Art. 57 de la LCT. SILENCIO DEL EMPLEADOR. Presunción en su contra. DÍAS HÁBILES. SÁBADO. Respuesta extemporánea de la empleadora. Presunción de existencia de las conductas denunciadas por el trabajador. Justificación del despido decidido por el dependiente. Hostigamientos sufridos por el docente, quien poseía una extensa trayectoria académica. Negativa de tareas. Reparación de perjuicios. Indemnización del DAÑO MORAL. Procedencia
Citar: elDial.com - AA7952
Publicado el 14/09/2012
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Términos mencionados en este fallo: despido, presunción, respuesta, silencio, empleador, extemporánea, empleadora, conductas, denunciadas, trabajador.